Exclusivamente, a la modificación del hecho probado primero y segundo de la sentencia recurrida del modo siguiente : respecto del hecho probado primero, se interesa la modificación del párrafo segundo del mismo, ofreciendo la siguiente redaccion alternativa : según acredita en vida laboral, con anterioridad ha estado trabajando para dicha empresa a medio de un contrato temporal, celebrado en fecha 19/05/2014 según consta en vida laboral y contrato de trabajo, en el que se establecía un periodo de prueba de 15 días, para contrato de obra o servicio determinado, fabricación de tramos para vestas y siemens, según planificación ; teniendo dicho contrato, un periodo de prueba de 15 días, según consta en el mismo, obrante en autos, y en relación a su duración se precisa que no pudiendo superar los 3 años, ampliables a 12 meses por convenio colectivo.
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