El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribucion de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociacion colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquella.Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor dedoce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida tendráderecho a una reduccion de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional delsalario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella.
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