Dichas razones deben ser de tal naturaleza que pongan de manifiesto la dificultad que pueda significar el tiempo general de permanencia antes referido, para el proceso de reinsercion social del interno, en el que ha alcanzado un grado determinante de su situación en establecimiento de regimen abierto.
Dichas razones deben ser de tal naturaleza que pongan de manifiesto la dificultad que pueda significar el tiempo general de permanencia antes referido, para el proceso de reinsercion social del interno, en el que ha alcanzado un grado determinante de su situación en establecimiento de regimen abierto.