La existencia de un grupo generico de trabajadores, considerado como una homogeneidad, y larealidad de un interés colectivo.La sentencia del tribunal supremo de 21/04/2004 expresó que el conflicto colectivo se configura por dos elementos : el subjetivo, vinculado a la afectación de un grupo generico de trabajadores, entendiendo por tal no la mera pluralidad, suma o agregado de trabajadores singularmente considerados, sino un conjunto estructurado a partir de un elemento de homogeneidad ; y el objetivo que consiste en la presencia de un interés general que es el que actúa a traves del conflicto colectivo.
Escribe tu teléfono
Comienza a solucionar tus problemas. Ponemos a tu disposición a un experto equipo de abogados. Escribe tu teléfono